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Buenos días droners! Otra vez miércoles con preguntas y respuestas. Muchas gracias por vuestro Feedback, de esta forma aprendemos todos! Seguimos!!
Roberto
Hola chicos, algun consejo para hacer fotos con el dron superficies con cristales para que queden mejor en una fotogrametría, mirad como me han quedado
Jesus gongora
Hola, muchas gracias por tenerme en cuenta, ya encontre el fallo, el puerto usb del p4pro estaba mal. Lo devuelto y he comprado un mavic 2 pro aunque no lo recomendais jejeje. La verdad es que es una maravilla y después de 3 p4pro prefiero el mavic. De Nuevo, muchas gracias. Por cierto respecto a los lut yo utilizo el de dji. Va muy bien con el m2pro. Seguid así.
cristiandj2015
Si hay una ley más actual o ha sufrido alguna modificación o me estoy confundiendo en algo por favor avisar, pero de leer la ley, ver videos de otros youtuber conocidos del mundo pero de leer la ley, ver videos de otros youtuber conocidos del mundo del dron, que han comentado el tema de vuelo de drones de menos de 250gr, yo entiendo que siempre fuera de espacio aéreo los 8km mínimo y además fuera de , CTR, ATZ
Os dejo el enlace de descarga del PDF del boe, seguro que nos ayuda a todos. Las leyes de ocio, más o menos si que me las se. Me gusta volar siempre legal, y no tener problemas, si que me las se. Me gusta volar siempre legal, y no tener problemas, y si algun dia me pregunta la Benemérita por lo menos saber que decir jeje como te paso ati. A mi por suerte de momento ningun problema he tenido https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://www.boe.es/boe/dias/2017/12/29/pdfs/BOE-A-2017-15721.pdf&ved=2ahUKEwjb9O7Vzd3gAhUPmRQKHSBEC6kQFjAAegQIBRAB&usg=AOvVaw2Tkd9cGeVlDACkvJ5pWFVk
disposición adicional tercera de seguridad de vuelos recreativos. puntos A y B a) Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de pers cios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre, salvo que se trate de aeronaves de hasta 250 g que operen a una altura máxima no superior a 20 m. b) En las zonas reservadas, prohibidas o restringidas a la navegación aérea. Viernes 29 de diciembre de 2017 Sec. I. Pág. 129635 a) A una distancia mínima de 8 km respecto del punto de referencia de cualquier aeropuerto o aeródromo y la misma distancia respecto de los ejes de las pistas y su prolongación, en ambas cabeceras, hasta una distancia de 6 km contados a partir del umbral en sentido de alejamiento de la pista. Esta distancia mínima podrá reducirse cuando así se haya acordado con el gestor aeroportuario o responsable de la infraestructura, y, si lo hubiera, con el proveedor de servicios de tránsito aéreo de aeródromo, y la operación se ajustará a lo establecido por éstos en el correspondiente procedimiento de coordinación. b) Fuera del espacio aéreo controlado, las zonas de información de vuelo (FIZ) o de cualquier zona de tránsito de aeródromo (ATZ), salvo, en relación con las operaciones que se realicen desde infraestructuras destinadas a aeronaves pilotadas por control remoto, en las condiciones establecidas en los procedimientos de coordinación acordados por el responsable de dichas infraestructuras con el proveedor de servicios de tránsito aéreo. c) A una altura máxima sobre el terreno no mayor de 400 pies (120m), o sobre el obstáculo más alto situado dentro de un radio de 150 m (500 ft) desde la aeronave. d) En vuelo diurno y bajo condiciones meteorológicas de vuelo visual. e) Dentro del alcance visual del piloto, sin ayuda de dispositivos ópticos o electrónicos, excepto lentes correctoras o gafas de sol. En el caso de que se usen dispositivos de visión en primera persona (FPV), la operación deberá realizarse dentro del alcance visual, sin ayuda de tales dispositivos, de observadores que permanezcan en contacto permanente con el piloto. f) Dando prioridad a todas las demás categorías de aeronaves. 2. Como excepción a lo previsto en el apartado anterior, el uso de las aeronaves pilotadas por control remoto de hasta de 2 kg de MTOW que vuelen a una altura máxima sobre el terreno de 50 m sólo deberá respetar las restricciones previstas en las letras a), b) y e) de dicho apartado.
Cayetano leyes a nivel ocio estas 🙁 menos de 250gr pero fuera de espacio aéreo. prohibido en CTR aunque sea de menos de 250gr. Y de aeropuerto si no me confundo son a menos de 8k de menos de 250gr. Y de aeropuerto si no me confundo son a menos de 8km, pero si rl ctr es de mas de 8km sera a todo lo que se extienda el ctr. yo tengo que irme unos 40km para volar cualquiera cosa
jesus gongora
Hola, muchas gracias por responder :). aclaro cosillas, respecto a los 3 phantom 4 pro no todos han sido por accidentes. primero tuve el phantom 4 pro cuando salio, que luego vendi y pille el obsidian que mas tarde cambie por el V2.0 por el tema de ocusync (con este si tuve un accidente, un tema de desconexion y fallo de sensores), despues de este se confirmo que fue por fallo del drone y pille otro 2.0 que fue el que fallo el conector. En total unos 90 vuelos.
Actualmente estoy reestructurando las redes sociales siguiendo algunos consejos, la que mas he usado es instagram (@zumbi2) hasta ahora todo lo que hay ahi es con phantom 4 pro / v2.0 sin filtro ND y sin lut.
Respecto a lo que contaba de los lut de dji es que al mavic 2 pro al llevar la camara de hasselblad sacaron un lut especifico con la gestion de color de hasselblad, que esta disponible para su descarga en la pagina de descargas del mavic 2 pro.
como software de edicion uso el davinci de blackmagic ya que para mi gusto hace mejor uso de los recursos del equipo y va mas fluido que el premiere, ademas de que tarda mucho menos en renderizar el 4k.
Aun me queda mucho por aprender, asi que estoy abierto a cualquier sugerencia. 🙂
muchas gracias por todo y perdonad por el tocho.
Seguid asi.